El día de ayer, 10 de octubre de 2019, la Policía Nacional detuvo sin un debido proceso de individualización y justificación, a 66 personas. De estas, 45 fueron conducidas a la Estación de Policía de la Candelaria, 2 a la Unidad de Reacción Inmediata pues su detención fue con fines de judicialización y las demás (19) no alcanzaron a ser trasladas a ningún centro policial, y se les otorgó su libertad de manera inmediata.

Las 45 personas que fueron trasladas a la Estación de la Candelaria fueron sancionadas con un comparendo policial. Esto demuestra una vez más la practica arbitraria de la Policía de endilgar comportamientos contrarios a la convivencia sin la debida individualización, pues a todos/as se les acuso de los mismos hechos, pese a que fueron detenidos en horas y lugares distintos. Algunos de ellos ni siquiera habían participado en la movilización.

Teniendo en cuenta que las arbitrariedades de Policía no pueden seguir permitiéndose, la Campaña Defender la Libertad: asunto de todas pone a disposición de todas las personas el siguiente FORMATO DE APELACION COMPARENDO para que, atendiendo a los hechos particulares, puedan buscar su apelación.

Tenga en cuenta que el Código De Policía contempla que un ciudadano puede apelar al artículo 222 parágrafo 1 cuando considere que la multa es injusta. «En contra de la orden de policía o la medida correctiva, procederá el recurso de apelación… y se remitirá al inspector de Policía dentro de 24 horas» La norma establece que la apelación se resolverá en 3 días hábiles y el ciudadano debe ser notificado.

La apelación debe hacerse en los siguientes tres días hábiles. Durante el periodo que este en estudio (suele durar más de 3 días) la multa se suspende, y si el fallo llega a ser desfavorable, los tiempos para hacer el trabajo pedagógico se reanudan.