En el marco del Paro Nacional ha habido, según los registros de la campaña Defender la libertad: un asunto de todas, 831 casos de retenciones a ciudadanos y ciudadanas mientras ejercían su derecho a la movilización socia por parte de la Policía Nacional.

En muchos de los casos, están retenciones se dieron sin un debido proceso de individualización y justificación. Adicionalmente, las personas fueron sancionadas con un comparendo policial. Esto demuestra una vez más la practica arbitraria de la Policía de endilgar comportamientos contrarios a la convivencia sin la debida individualización.

Teniendo en cuenta que las arbitrariedades de Policía no pueden seguir permitiéndose, la Campaña Defender la Libertad: asunto de todas pone a disposición de todas las personas el siguiente FORMATO DE APELACION COMPARENDO para que, atendiendo a los hechos particulares, puedan buscar su apelación.

Tenga en cuenta que el Código De Policía contempla que un ciudadano puede apelar al artículo 222 parágrafo 1 cuando considere que la multa es injusta. «En contra de la orden de policía o la medida correctiva, procederá el recurso de apelación… y se remitirá al inspector de Policía dentro de 24 horas» La norma establece que la apelación se resolverá en 3 días hábiles y el ciudadano debe ser notificado.

La apelación debe hacerse en los siguientes tres días hábiles. Durante el periodo que este en estudio (suele durar más de 3 días) la multa se suspende, y si el fallo llega a ser desfavorable, los tiempos para hacer el trabajo pedagógico se reanudan.