En el marco de las protestas sociales, por medio de movilizaciones, desde la Campaña Defender la Libertad un Asunto de Todas, hemos observado, con gran preocupación, que la figura del Traslado por Protección sigue siendo utilizada de manera arbitraria por parte de la Policía Nacional, y en algunos casos se utiliza como mecanismo complementario de sanción al comparendo, el cual se utiliza de manera constante por parte de la Fuerza Pública, para penalizar a los y las manifestantes.

Teniendo en cuenta que las arbitrariedades de Policía no pueden seguir permitiéndose, la Campaña Defender la Libertad: asunto de todas pone a disposición de todas las personas el siguiente Formato de apelación de Comparendos para que, atendiendo a los hechos particulares, puedan buscar su apelación, específicamente en tiempos de cuarentena por la pandemia mundial debido al virus COVID – 19.

Tenga en cuenta que el Código De Policía contempla que un ciudadano puede apelar al artículo 222 parágrafo 1 cuando considere que la multa es injusta. «En contra de la orden de policía o la medida correctiva, procederá el recurso de apelación… y se remitirá al inspector de Policía dentro de 24 horas» La norma establece que la apelación se resolverá en 3 días hábiles y el ciudadano debe ser notificado.

La apelación debe hacerse en los siguientes tres días hábiles. Durante el periodo que este en estudio (suele durar más de 3 días) la multa se suspende, y si el fallo llega a ser desfavorable, los tiempos para hacer el trabajo pedagógico se reanudan.

Descarga aquí el Formato de apelación

Sube aquí el formato completo.