Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los derechos Humanos

Palabras de saludo

Encuentro Nacional de Protesta Social

Alberto Brunori, 21 de mayo 2019

Buenos días estimadas y estimados defensores de derechos humanos; señoras y señores;

Para la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Colombia, es un honor y un gusto compartir este espacio de reflexión y discusión con los presentes acerca de un tema central para la democracia, como es el derecho a la protesta social.

A lo largo de la historia, las protestas sociales han sido motores de importantes cambios. Por ejemplo, movimientos de protesta han promovido la caída de dictaduras, el voto universal, el fin de la esclavitud, o el fin de guerras y la reparación a víctimas, entre otros muchos logros.

En Colombia, reconocemos que existe una vibrante sociedad civil organizada y representada por organizaciones étnicas, campesinas, sindicales, de mujeres, de jóvenes, de víctimas, de población LGBTI, entre otras, movimientos que nos enseñan importantes esfuerzos organizativos, de defensa de derechos, de experiencias de resistencia y resiliencia, de construcción de iniciativas de paz y nos muestran todos los días el gran compromiso e interés por los derechos humanos. Una prueba de este compromiso es la participación el día de hoy de más de 80 delegados y delegadas de los distintos territorios del país.

Sin duda el momento actual por el cual atraviesa el ejercicio del derecho a la protesta social en Colombia requiere de una reflexión amplia y participativa, así como de acciones por parte del Estado, orientadas a la garantía efectiva del Derecho a la Protesta Social y a fortalecer respuestas transformadoras frente a las demandas formuladas en dichas movilizaciones. Confío que este Encuentro Nacional contribuya en ese sentido.

Quisiera empezar mis palabras haciendo un reconocimiento a todas aquellas personas que, por haber ejercido el derecho a la protesta social en Colombia, han perdido la vida o han sufridos agresiones en su contra. Ellas y sus familias han sufrido vulneraciones graves a sus derechos humanos. La sociedad también ha sido fuertemente afectada en la
medida que cada restricción o intento de limitación de la protesta social es un cierre del espacio democrático.

De acuerdo con las normas internacionales del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, el derecho a la protesta social es una conjugación que se desprende del derecho a la libertad de expresión y del derecho a la reunión, ambos derechos reconocidos en una serie de tratados internacionales de derechos humanos, tanto del sistema universal como del sistema interamericano de protección de los derechos humanos, todos ratificados por Colombia.

En el marco de su mandato, la Oficina de la Alta Comisionada en Colombia ha monitoreado varias protestas sociales en las regiones, protestas que nacen de la falta de acceso a los derechos, tanto civiles y políticos como económicos, sociales y culturales. Asimismo, la Oficina ha facilitado y asesorado procesos de dialogo social derivados de dichas movilizaciones y ha dado seguimiento al cumplimiento de acuerdos alcanzados entre las partes.

Con base en esta labor de monitoreo, la Oficina observa que, a pesar de avances, como la adopción del Protocolo para la coordinación de las acciones de respeto y garantía a la protesta pacífica del 3 de agosto de 2018 por el Ministerio del Interior, no existen todavía garantías suficientes para el ejercicio de la protesta social en el País. Eso ha sido evidenciado por ejemplo con los 14 muertos y varios heridos durante las protestas sociales en el 2017 o por lo ocurrido durante la última minga que se llevó a cabo en el Cauca entre marzo y abril del 2019. En este contexto, la Oficina está dando seguimiento a varias presuntas violaciones de derechos humanos ocurridas durante esta Minga, incluyendo:

i) La muerte violenta del joven Breiner Yunda Camayo, comunero del resguardo indígena de Jebala,
ii) Otras afectaciones al derecho a la integridad física supuestamente debida a una utilización excesiva o desproporcionada de la fuerza,
iii) Amenazas individuales y colectivas contra organizaciones y líderes de la Minga,
iv) Y discursos de estigmatización y/o desprestigio de la protesta social por altos funcionarios y responsables políticos

Estos ataques han contribuido a crear un ambiente que genera violencia y de desconfianza con las autoridades, entorno que se deterioró con el ataque que sufrieron varios defensores y defensoras de derechos humanos del Cauca el sábado 4 de mayo mientras estaban preparándose para una reunión con el Gobierno justamente con el fin de dar seguimiento a los acuerdos de la Minga.

Adicionalmente, de manera general, la Oficina ha observado la falta de compromiso y un bajo nivel de cumplimiento de los acuerdos alcanzados por parte de gobiernos sucesivos, lo cual sigue afectando la legitimidad de los procesos de diálogo y la confianza en las instituciones.

Por lo tanto, si bien la Oficina reconoce los esfuerzos del Gobierno y de las organizaciones de la sociedad civil por encontrar soluciones basadas en el respeto por los derechos, se requiere mantener las iniciativas de dialogo social, tanto a nivel nacional como a nivel territorial, con el fin de mejorar el entendimiento, logro de acuerdos basados en derechos y la participación de comunidades y organizaciones. Al mismo tiempo, es necesario fortalecer el monitoreo de la implementación efectiva de los acuerdos alcanzado entre las partes, y de esta manera prevenir el aumento de las conflictividades que resultan de la falta de cumplimiento de acuerdos anteriores, como es el caso de Cumbre Agraria, Buenaventura, Chocó, Catatumbo y en el Cauca, entre otros.

Cuando el derecho a la protesta pacífica es protegido y ejercido de forma adecuada, es una herramienta poderosa para promover el diálogo, el pluralismo, la tolerancia y la participación cívica. Por lo tanto, es fundamental que el Estado asegure e implemente las garantías necesarias para la movilización y la protesta social contenidas tanto en el Acuerdo de Paz, como en los estándares internacionales. En tal sentido, se requiere garantizar que los protocolos nacionales sobre el uso de la fuerza en protestas sociales se ajusten a las normas internacionales y que se implemente el Protocolo para la coordinación de las acciones de respeto y garantía a la protesta pacífica del Ministerio del Interior.

Quiero finalizar reiterando que OACNUDH continuará cumpliendo con su mandato de observación en los territorios, de asistencia técnica a todas las autoridades estatales relevantes y a la sociedad civil, y de promoción e información con el fin de contribuir a la mejora de la situación de los derechos humanos en Colombia.

Seguimos prestos a trabajar con ustedes. Cuenten con nosotros.
Muchas gracias